Los organismos de participación en una Iglesia sinodal

  Los actuales organismos de participación en una Iglesia sinodal misionera son los Consejos, pero no los tenemos por todas partes. Aún hay pastores que creen que los Consejos sólo son para informar, no para escuchar, consultar y discernir lo que conviene para que el Evangelio llegue a todas partes. Hay quien piensa que el […]

Òscar Martí

 

Los actuales organismos de participación en una Iglesia sinodal misionera son los Consejos, pero no los tenemos por todas partes. Aún hay pastores que creen que los Consejos sólo son para informar, no para escuchar, consultar y discernir lo que conviene para que el Evangelio llegue a todas partes. Hay quien piensa que el obispo o el propio párroco decidirá y hará lo que mejor convenga, ya que ha recibido el Espíritu Santo. ¡Atención! Todos y todas hemos recibido el Espíritu y formamos un solo cuerpo con diversidad de servicios y carismas (ver Rom 12 y 1Cor 12), porque la edificación de la Iglesia y la evangelización es responsabilidad de quienes somos miembros del mismo y único cuerpo de Cristo (1Cor 10,16-17).

El núm. 65 del documento de la Comisión Teológica Internacional (CTI) sobre la sinodalidad en la vida y en la misión de la Iglesia (2018) afirma:

La renovación de la vida sinodal de la Iglesia pide activar procesos de consulta de todo el Pueblo de Dios. «La práctica de consultar a los fieles no es nueva en la vida de la Iglesia. En la Iglesia de la Edad Media se utilizaba un principio del derecho romano: Quod omnes tangit, ab omnibus tratari et approbari debe (= lo que afecta a todos debe ser tratado y aprobado por todos). En los tres campos de la vida de la Iglesia (fe, sacramentos, gobierno), la tradición unía a una estructura jerárquica un régimen concreto de asociación y acuerdo, y se consideraba que fuera una praxis apostólica o una tradición apostólica» (CTI, El «sensus fidei» en la vida de l’Església, núm.122). Este axioma no debe entenderse en el sentido del conciliarismo a nivel eclesiológico ni del parlamentarismo a nivel político. Ayuda más bien a pensar y ejercer la sinodalidad en el seno de la comunión eclesial.

Así pues, una forma de participar es escuchando y ser escuchado. El Concilio Vaticano II ya dice que los obispos, en su función de gobierno, deben consultar; en concreto dice: «que no se nieguen a escuchar a los súbditos, que él protege como verdaderos hijos y que estimula a colaborar animosamente con él» (Lumen gentium 27). Y, cuando habla del protagonismo de los laicos, apunta «que los sagrados pastores, recíprocamente, reconozcan y promuevan la dignidad y la responsabilidad de los laicos dentro de la Iglesia, que se valgan de buen grado de su prudente consejo…» (Lumen gentium 37). A los presbíteros también se les pide «que escuchen con agrado el parecer de los laicos, considerando con interés fraterno sus aspiraciones y reconociendo su experiencia y competencia en los diversos campos de la actividad, para poder reconocer junto a ellos los signos de los tiempos» (Presbyterorum ordinis 9).

El Informe de síntesis (IdS) de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos –Una Iglesia sinodal en misión (2023)– manifiesta una clara convergencia en valorar los distintos Consejos «para el discernimiento y la toma de decisiones de una comunidad misionera sinodal» (IdS 18d). Y a partir de este consenso, propone «la obligatoriedad de los Consejos pastorales en las comunidades cristianas y en las Iglesias locales» (IdS 18h). Además, se reconoce que los organismos de participación «representan el primer ámbito en el que se vive la dinámica de la rendición de cuentas de quienes desarrollan tareas de responsabilidad» (IdS 18i).

En conclusión, en primer lugar, es necesario activar el ejercicio del sentido de la fe de los fieles (el sensus fidei fidelium) que toda persona bautizada ha recibido como don del Espíritu Santo. Un ejercicio que se realiza en la práctica habitual de la Revisión de Vida o RdV (ver – juzgar – actuar). La RdV ayuda a discernir, a partir de los «signos de los tiempos» (verdad de experiencia) y a la luz de la Palabra de Dios, lo que Dios quiere (verdad de fe) para cada situación existencial y momento histórico. Y para que la verdad de experiencia experimentada (véase Lc 24,13-24) no contradiga la verdad de fe descubierta (Lc 24,25-27), es necesario actuar, poniéndose de acuerdo (verdad de método) para que el Evangelio sea anunciado, vivido, testimoniado y encarnado o inculturado en cada situación existencial o momento histórico (Lc 24,32-35).

Es necesario ponerse las pilas, pues, para que los Consejos (parroquiales, arciprestales o interparroquiales, o de comunidades o unidades pastorales, y diocesanos) sean organismos de verdadera participación, teniendo en cuenta la vocación evangelizadora de toda persona bautizada y confirmada y que participa habitualmente en la asamblea eucarística dominical.

Mn. Jaume Fontbona Missé

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