1

El bautismo

2

La eucaristía y la «primera comunión»

3

La confirmación

4

El matrimonio

5

La unción de los enfermos

6

La penitencia y la reconciliación

Orden

7

El orden sagrado

 

Nota sobre el necesario discernimiento

 

El espíritu con que se hacen estas indicaciones

 

Siglas y nombres

1. El Bautismo

¿Qué es el Bautismo?

Este sacramento nos hace hijos de Dios y discípulos de Jesucristo. Es también la puerta de entrada a la Iglesia y un don de Dios y el inicio de una comunión permanente con Él.

Se puede llamar el proto-sacramento, es decir, el primero y la puerta de todos los demás sacramentos, lo que nos abre el camino hacia los bienes que Jesucristo nos ha merecido al hacerse hombre. Es el misterio de la Encarnación. Puede ayudar a comprender la fecundidad del Bautismo este pensamiento del gran San Agustín, que merece ser asimilado poco a poco: «Cristo tomó de ti, para él, tu carne, y te dio, de él a ti, tu salvación; tomó para él, de ti, los ultrajes y te dio, de él a ti, los honores. Y de todo ello sigue que tomó de ti, para él, la tentación, y te dio, de él a ti, la victoria». (Obras de San Agustín, BAC 246, 20, 518-520.)

¿Cuáles son los pasos a seguir para recibir el Bautismo?

  1. Ponerse en contacto con la parroquia a la que se pertenece, pedir el Bautismo, acordar la fecha de celebración y concretar las personas que serán los padrinos del bautizado.
  2. Preparar la celebración: para niños de 0 a 5 años, una sesión de la parroquia con los padres. Nunca insistiremos lo suficiente con la trascendencia que tiene, para toda la vida futura de los hijos, que hayan vivido las primeras vivencias de la fe gracias al testimonio de sus padres, sobre todo de la madre. Dicen que cuando el niño empieza a intentar hablar sólo su madre entiende lo que él quiere decir. Un gran filósofo y teólogo del siglo XX, Hans Urs von Balhasar, escribió, en una obra de síntesis al final de su vida: «El niño es evocado a la conciencia de sí mismo por el amor, por la sonrisa de su madre. El horizonte del ser infinito se abre para él en este encuentro revelándole cuatro cosas: 1) que él es uno en el amor de su madre y al mismo tiempo que él no es su madre; 2) que este amor es bueno y, por tanto, todo el Ser es bueno; 3) que este amor es verdadero y, por consiguiente, el Ser es verdadero; 4) que este amor provoca alegría y gozo y por tanto todo Ser es bello «(«Intento de resumir mi pensamiento», Communio, núm.10 (1988) vol. IV, p. 284-288).
  3. Este pensamiento, que pediría todo un libro para ser desarrollado, nos ayuda a comprender algo tan fundamental como lo es la aportación de los padres en el despertar religioso del niño. Lo que aprendimos de la fe en el regazo de los padres, sobre todo de la madre, nos acompaña toda la vida. Ellos son los primeros y decisivos catequistas en estos años, enseñándoles de entrada cosas sencillas como santiguarse, pronunciar los nombres de Jesús, José y María, y también el del ángel de la guarda, «dulce compañía, no me deje de noche ni de día». Esto es fundamental en el tiempo en que el niño no puede ir aún a la catequesis parroquial. Nuestra archidiócesis se propone «implicar más a los padres en el proceso catequético de los hijos» (¡Salgamos! 1.1; 3.4; 3.5).
  4. Si los niños ya tienen edad de asistir a la catequesis y asisten, es bueno que -en el caso de que no hayan recibido el Bautismo- se preparen para recibir el sacramento y que lo reciban con sus compañeros/as de catequesis, cuando éstos hacen la renovación de las promesas del Bautismo en la celebración de la Pascua. En el caso de pedir el Bautismo niños que no han hecho catequesis, o si lo piden personas jóvenes y adultas, hay que establecer contacto con la propia parroquia y con las personas de la acogida y en especial con los sacerdotes o diáconos de la comunidad. También se pueden dirigir al Servicio Diocesano para el Catecumenado, que tiene previstos unos itinerarios formativos. Para más información: sdcatecumenat9068@arqbcn.cat
  5. Celebración del Bautismo, ya sea en la parroquia o en la celebración que prepara el Servicio Diocesano para el Catecumenado en la catedral, en una celebración presidida por el obispo o un sacerdote delegado por el obispo.
  6. Es necesario prever el acompañamiento del bautizado en el crecimiento de la fe, vinculándolo a la parroquia o a los movimientos cristianos de niños, jóvenes o adultos.

¿Quién puede recibir el Bautismo?

– «Es capaz de recibir el Bautismo todo ser humano aún no bautizado» (CEC n.1246; CIC canon 864; CCEO, canon 679) si se dan las garantías de continuidad en la vida de crecimiento en la fe cristiana.

Requisitos para ser padrino o madrina de Bautismo:

  1. En principio, debe haber un padrino o una madrina, pero si son dos, es necesario que sean de diferente sexo. Para que una persona sea admitida como padrino o madrina, debe cumplir unos requisitos (CIC canon 874,1):
  2. Que haya sido elegida por la persona que recibirá el Bautismo o por los padres o por quienes ocupan su lugar o, a falta de éstos, por el párroco o por la persona que administrará el sacramento.
  3. Que tenga al menos dieciséis años, salvo que el obispo diocesano establezca otra edad o que, por una causa justa, el rector o el ministro del sacramento consideren admisible una excepción.
  4. Que sea católica, haya recibido los sacramentos de la Confirmación y la Eucaristía y lleve una vida congruente con la fe cristiana.
  5. Si el padrino o madrina ha recibido el Bautismo en una comunidad eclesial no católica, puede ser padrino o madrina, siempre que haya otro padrino /o madrina católico.
  6. Que no esté afectada por una pena canónica legítimamente impuesta o declarada.
  7. Que no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

 

2. La eucaristía y la «primera comunión»

Este sacramento es el centro y la cumbre de la vida cristiana y el coronamiento de la iniciación cristiana. Recibir la primera comunión significa entrar en la vida cristiana adulta y participar como cristianos maduros y responsables en la vida de la Iglesia.

¿Quién la puede recibir?

Los niños deben cursar como mínimo 2º de Primaria.

-También puede recibir este sacramento una persona adulta, con la correspondiente preparación:

-Debe cumplir la disposición del ayuno antes de recibir la eucaristía, como expresión del respeto sagrado a un sacramento tan grande como el del Cuerpo y la Sangre de Cristo (CEC 1385, 1387 y CIC canon 919): «el que debe recibir la santísima Eucaristía debe abstenerse, al menos durante una hora antes de la sagrada comunión, de cualquier comida y bebida, exceptuando sólo el agua y los medicamentos».

-La persona que ya ha recibido el Bautismo, si es consciente de haber cometido un pecado grave, «debe recibir el sacramento de la Reconciliación antes de acercarse a la comunión» (CEC 1385).

3. La Confirmación

¿Qué es la Confirmación?

Es el sacramento que completa el Bautismo y con el que se reciben los dones del Espíritu Santo para vivir y testimoniar el amor de Dios en las palabras y en los hechos.

¿Quién la puede recibir?

El sacramento de la Confirmación se confiere una sola vez y sólo lo puede recibir aquella persona que ya ha sido bautizada. Para recibirlo con alegría, hay que estar en gracia de Dios (CEC n. 1306).

Nuestra diócesis, ante el hecho de que muchas personas adultas no han recibido este sacramento, ofrece desde el Secretariado diocesano de Catequesis una propuesta catequética a los adultos que quieren recibir el sacramento de la Confirmación (¡Salgamos!, 1.2.)

Requisitos para ser padrino de Confirmación:

Para que una persona sea admitida como padrino o madrina de una persona que recibe este sacramento (CIC cánones 892, 893.1, 193.2, 874.1) es necesario que:

  1. Haya sido elegida por la persona que será confirmada y que tenga capacidad para cumplir esta misión.
  2. Que tenga al menos dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad o que, por justa causa, el rector o el ministro que administra el sacramento consideren admisible una excepción.
  3. Que sea católica, esté confirmada, haya recibido el sacramento de la Eucaristía y lleve una vida congruente con la fe y con la misión que asume al ser padrino o madrina de la persona que será confirmada.
  4. Que no esté afectada por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada.
  5. En este sacramento sólo se nombra un solo padrino, hombre o mujer, para cada una de las personas que reciben el sacramento.
  6. Habitualmente, este sacramento es dispensado por un obispo, lo que ayuda a comprender la dimensión eclesial del don que recibe la persona que se confirma. El obispo puede delegar en otro presbítero.

4. El Matrimonio

¿Qué es el Matrimonio?

Los sacramentos son signos eficaces de la gracia de Jesucristo, que con ellos se acerca y se adapta a nuestra condición intelectual y a la vez sensible. Jesucristo, que nos ha revelado que Dios es amor, nos ha dejado este sacramento que asume como materia en la que se manifiesta el amor entre el hombre y la mujer.

Por ello, «la alianza matrimonial, por la que un hombre y una mujer constituyen entre sí una comunidad de toda la vida, ordenada por su índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de los hijos, fue elevada por Cristo, el Señor, a la dignidad de sacramento entre bautizados» (CEC n. 1601).

La íntima comunidad conyugal de vida y amor se establece sobre la alianza de los cónyuges, es decir, sobre su consentimiento irrevocable. La institución del matrimonio y el amor conyugal están ordenados por sí mismos a la ayuda mutua de los esposos en el amor y en la procreación y educación de los hijos en la fe cristiana. No conviene de ningún modo separar estas dos finalidades.

Al acoger ante la Iglesia el don y la gracia de este sacramento, los esposos cristianos dan gracias a Dios y le piden su gracia para poder realizar madura y gozosamente la unión íntima de sus personas y para ayudarse mutuamente en la aceptación y la educación cristiana de sus hijos.

¿Qué pasos hay que dar?

  1. Entrevistarse con el rector de la parroquia, sus colaboradores o las personas encargadas de acoger los prometidos para preparar la celebración del sacramento. Conviene ir unos seis meses antes de la fecha de la boda por no hacer las cosas con prisas y sobre todo para poder hacerlo todo bien.
  2. Recoger y presentar la documentación que les será indicada para iniciar el Expediente matrimonial (partida de bautismo de ambos, certificado civil de nacimiento, etc.) y cumplir las normas dadas tanto de carácter religioso como civil, para que en nuestro ordenamiento jurídico la celebración del matrimonio ante la Iglesia tiene también una validez en el orden civil.
  3. Participar en los encuentros de preparación al matrimonio que las parroquias o instituciones especializadas organizan para los prometidos, y obtener el certificado correspondiente.
  4. Nuestra diócesis, en su Plan Pastoral, se propone «reforzar los cursos de preparación al matrimonio y los servicios de acompañamiento de las parejas por medio de los centros de orientación familiar, los movimientos cristianos familiares y otras iniciativas del Secretariado diocesano de Pastoral Familiar» (¡Salgamos!, 1.6). (secretaria.familiar@arqbcn.cat)
  5. Preparación inmediata y celebración del Rito del Matrimonio.

¿Quién lo puede recibir?

  • Pueden contraer matrimonio todas aquellas personas a las que el derecho no se lo prohíba (CIC canon 1058).
  • Si uno de los contrayentes no es bautizado, se seguirá el procedimiento de matrimonio con disparidad de culto (dispensa necesaria ad validitatem)
  • Si uno de los contrayentes es bautizado no católico se seguirá el procedimiento de matrimonio mixto (dispensa necesaria ad liceitatem). En algunos casos, si con razón justa el matrimonio se tuviera que celebrar ante un ministro no católico, se procederá a pedir al Ordinario, para el contrayente católico, la dispensa de forma canónica.
  • Si uno de los contrayentes ha abandonado notoriamente la fe católica mediante declaración apostasía, sigue, sin embargo, obligado a la forma canónica. En este caso conviene consultar al Ordinario.
  • Si el contrayente no católico es divorciado, se debe interrumpir el procedimiento y consultar al Ordinario, en previsión de que el previo matrimonio civil permanezca válido canónicamente (en virtud de la indisolubilidad de todo matrimonio naturalmente contraído).
  • Si hay algún otro impedimento dispensable, se consultará al Ordinario del lugar la posibilidad de la dispensa antes de proceder.

5. La Unción de los enfermos

Dice el Concilio Vaticano II (LG 11), que «con la sagrada unción de los enfermos y la oración de los presbíteros toda la Iglesia encomienda al Señor sufriente y glorificado aquellas personas que la enfermedad ha postrado, para que los alivie y los salve; más aún, los exhorta a asociarse libremente a la pasión y muerte de Cristo para que así contribuyan al bien del Pueblo de Dios».

«La enfermedad y el sufrimiento siempre han sido uno de los problemas más graves que aquejan la vida humana. En la enfermedad, el hombre experimenta su impotencia, sus límites y su finitud. Toda enfermedad nos puede hacer entrever la muerte» (CEC 1500).

«La enfermedad puede conducir a la angustia, al repliegue sobre uno mismo, a veces incluso a la desesperación o a la revuelta contra Dios. Puede también hacer volver la persona más madura, ayudarla a discernir en su vida lo que no es esencial a fin de descubrir lo que sí lo es. Muy a menudo, la enfermedad provoca una búsqueda de Dios, un retorno a Él» (CEC 1501).

Con este sacramento, la Iglesia, imitando la misericordia entrañable de Cristo, quiere ofrecer a la persona enferma vivir su situación no en la soledad sino en la comunión con el Señor muerto y resucitado por nosotros.

«Con respecto a las personas enfermas -dice el Plan Pastoral diocesano-, hay que potenciar la atención pastoral y sacramental que se realiza en los hospitales de nuestra archidiócesis contando con el apoyo del Secretariado diocesano de Pastoral de la Salud» (cf. ¡Salgamos!, 2.5) (psalut@arqbcn.cat).

El Plan Pastoral Diocesano se propone «velar por la acogida y acompañamiento en el duelo de las personas que han perdido un ser querido. (…) Queremos que la celebración de las exequias en los diversos tanatorios de nuestra archidiócesis se convierta aún más en una oportunidad para anunciar el Evangelio de la esperanza cristiana» (¡Salgamos!, 4.6.). Este servicio es coordinado por el Secretariado diocesano de pastoral a los tanatorios (asagales@arqbcn.cat).

¿Quién la puede recibir?

El sacramento de la Unción se da a los enfermos que están en peligro serio, ungiéndoles la frente y las manos con aceite de oliva, o, si es necesario, con otro aceite vegetal, debidamente bendito. El obispo o el presbítero unge la persona enferma diciendo estas palabras una sola vez: «Que por esta santa Unción y por su gran misericordia te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo; porque, liberado de los pecados, te conceda la salvación y alivie tu sufrimiento». (Ritual de la Unción de los Enfermos; CIC canon 847, 1).

«La Unción de los enfermos no es únicamente el sacramento de aquellos que se encuentran en peligro de muerte, por eso, el tiempo para recibirlo, ciertamente ya ha llegado cuando el fiel empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez» (CEC, n.1514; CIC canon 1004.1; 1005; 1007; CCEO, canon 738).

¿Cómo pedir este sacramento?

El cristiano, por razón de enfermedad o de vejez, no debe quedar desvinculado de su parroquia y de su comunidad cristiana de referencia. Por ello, los enfermos y sus familiares pueden solicitar la visita del cura o de los visitadores de enfermos, así como recibir la sagrada Eucaristía en casa.

En los centros hospitalarios hay un servicio religioso permanente y se puede pedir la visita del sacerdote o diácono que tiene cura de ello.

Vinculado a «la espiritualidad» de este sacramento, el Plan Pastoral Diocesano propone «promover actividades donde se viva un contacto real con las personas o situaciones, sobre todo de pobreza o exclusión social, donde a la vez se cultive la oración, el análisis social y la evaluación evangélica de la experiencia realizada. Queremos potenciar todas las iniciativas que tengan como finalidad la integración social y, si son cristianos, también eclesial de las personas con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales» (¡Salgamos!, 5.5).

Un nuevo servicio del Arzobispado de Barcelona de atención a las personas que viven el duelo y la enfermedad

El Arzobispado de Barcelona, ​​con la colaboración de la Fundació Acompanya-Ca n’Eva, impulsa el nuevo Servicio Integral de Acompañamiento al Duelo y la Enfermedad (SADiM). La evolución de la pandemia del Covid-19 ha hecho que desde el Secretariado Diocesano de Pastoral de la Salud se haya decidido aumentar los servicios que se estaban ofreciendo. Se han habilitado dos teléfonos móviles de contacto: T. 669523599 y T. 619827098, así como un correo electrónico: info@sadim.org. También dispone de un sitio web: www.sadim.org. Además, ofrece un espacio de atención presencial en la Plaza de Urquinaona, 11, ático, 08010 Barcelona.

También ofrece programas de acompañamiento individual y grupal (atención en grupos de máximo diez personas, cuando las condiciones lo permitan) y de pareja y familia. También se prevé un programa de asesoramiento y apoyo para el seguimiento de casos y, finalmente, talleres formativos para dotar de recursos para acompañar en la elaboración del duelo.

6. El sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación

Solo Dios perdona los pecados. Porque Jesús es el Hijo de Dios y Dios y hombre verdadero, instituyó el sacramento de la Penitencia o de la Reconciliación para todos los miembros pecadores de su Iglesia, sobre todo para quienes después del Bautismo han caído en pecado grave y así han perdido la gracia bautismal y han herido la comunión eclesial.

Igual que Cristo confía en sus apóstoles, el ministerio de la reconciliación, los obispos y los sacerdotes, colaboradores de los obispos, son los que ejercen este ministerio del perdón de los pecados.

Como todos los sacramentos, la celebración de la Penitencia es una acción litúrgica. Ordinariamente los elementos de la celebración son estos: saludos y bendición del sacerdote, lectura de un fragmento de la Palabra de Dios para iluminar la conciencia y suscitar la conversión y el arrepentimiento, la confesión, con la cual el cristiano reconoce los pecados y los manifiesta al sacerdote, la absolución por parte del sacerdote, la proposición y la aceptación de una «acción penitencial», como signo de la voluntad de conversión del penitente, la acción de gracias a Dios y la despedida.

Cada comunidad cristiana o cada parroquia tiene establecido unos horarios para las confesiones. Nuestra iglesia catedral tiene siempre unos horarios amplios para la administración de este sacramento.

7. El sacramento del Orden sagrado

El Orden sagrado es el sacramento gracias al cual la misión confiada por Cristo a sus apóstoles continua siendo ejercida en la Iglesia hasta el fin de los tiempos: es, por lo tanto, el sacramento del ministerio (o servicio) apostólico, que tiene como finalidad que no falten pastores en las comunidades cristianas. Este sacramento comporta tres grados: el episcopado, el sacerdotal y el diaconado, que son tres participaciones en el único sacerdocio de Cristo.

Los obispos, válidamente ordenados, es decir, que se encuentran en la línea de la sucesión apostólica, son los que confieren válidamente los tres grados del sacramento del Orden.

Solamente recibe válidamente la sagrada ordenación el hombre (vir) bautizado. Nadie tiene ningún derecho a recibir el sacramento del Orden. El que quiere reconocer las señales de la llamada de Dios al ministerio ordenado conviene que manifieste su deseo a los pastores de la iglesia que tenga cerca, que le ayudaran a hacer un discernimiento inicial y lo encaminarán hacia las instituciones que los obispos (o los superiores religiosos) tienen para asegurar la debida preparación espiritual, académica y pastoral (son los seminarios, o las casas de formación para los religiosos). El Seminario Conciliar de nuestra archidiócesis tiene su sede en la calle Diputación, 231. 08007 Barcelona, correo electrónico: seminari@seminaribarcelona.cat y página web: www.seminaribarcelona.cat.

El rector del centro, Mn. Salvador Bacardit y los otros sacerdotes como formadores tienen la misión, recibida del obispo, de acompañar a los candidatos en su preparación para recibir el presbiterado.

Para los candidatos al diaconado permanente, que pueden estar casados o célibes, el responsable de su formación es Mn. Josep Serra. Para contactarlo, su correo electrónico es jserracolomer@gmail.com y su teléfono 606 445 458.

Nota sobre el necesario discernimiento

Las anteriores indicaciones no pueden cubrir todas las situaciones posibles. A menudo, al proceder a la aplicación concreta de estas indicaciones para recibir alguno de los sacramentos de la Iglesia, tanto el fiel que lo pide como el ministro ordenado con capacidad para administrarlo, será bueno que hagan un discernimiento, a fin de tomar la decisión más oportuna. Ante una situación determinada, discernir es distinguir entre las diversas opciones posibles y, una vez hecho esto, elegir la opción más buena. El papa Francisco habla a menudo del discernimiento cristiano y en la escuela espiritual ignaciana, que él conoce muy bien, hay toda una tradición del llamado «discernimiento de los espíritus».

Una buena manera de iniciar un acto de discernimiento es orar al Espíritu Santo, pidiendo con humildad su luz. Nos puede ayudar lo que afirma nuestro Plan Pastoral Diocesano como introducción al capítulo quinto, que está dedicado precisamente a la cuestión del discernimiento, un fragmento del que transcribimos:

«El papa Francisco nos dice repetidamente que hay que aprender a discernir, lo que significa escuchar, acoger la Palabra de Dios para hacer su voluntad. El Verbo de Dios encarnado, la Palabra, es Jesucristo, pero es el Espíritu que nos la va recordando y ayudando a comprender los cambios del mundo y de la historia (…) Hay que tener un oído muy fino para saber escuchar el espíritu y un corazón bien dispuesto para cumplir lo que nos dice. Esto implica una manera de leer la Biblia, un modo de orar en medio de nuestro mundo, una manera de mirar con los ojos amorosos de Dios, con ‘la claridad de su mirada’ (Salmo 80, 4). Hay que unir oración y acción. Seamos conscientes de que el tiempo actual nos pide una espiritualidad renovada. «Desde el punto de vista de la evangelización, no sirven ni las propuestas místicas sin un fuerte compromiso social y misionero, ni los discursos y praxis sociales o pastorales sin una espiritualidad que transforme el corazón» (EG n. 262). Se nos pide vivir una «mística de los ojos abiertos»» (¡Salgamos!, c. 5, introducción.)

El espíritu con que se hacen estas indicaciones

Ofrecemos este conjunto de disposiciones desde un espíritu de servicio y de fidelidad a la normativa sacramental de la Iglesia. También querrían ser fieles a tres principios que el papa Francisco propone a toda la Iglesia católica para nuestro tiempo.

Primero, el espíritu de misericordia. «Jesucristo es el rostro de la misericordia. El misterio de la fe cristiana parece encontrar su síntesis en esta palabra. Ella ha vuelto viva, visible y ha alcanzado su máxima expresión en Jesús de Nazaret. El Padre, «rico en misericordia» (Ef 2,4), envió a su Hijo nacido de la Virgen María para revelarnos de manera definitiva su amor. Quién lo ha visto a Él, ha visto al Padre (Jn 14,9). Jesús de Nazaret con su palabra, con sus gestos y con toda su persona revela la misericordia de Dios. Siempre tenemos necesidad de contemplar el misterio de la misericordia. (…) Misericordia es la ley fundamental que habita en el corazón de cada persona cuando mira con ojos sinceros el hermano que encuentra en el camino de la vida. Misericordia es la vía que une Dios y el hombre, porque abre el corazón a la esperanza de ser amados a pesar del límite de nuestro pecado» (MV 1 y 2).

Segundo, una improrrogable renovación eclesial. «Sueño con una opción misionera capaz de transformarlo todo, para que las costumbres, los estilos, los horarios, el lenguaje y toda estructura eclesial se conviertan en un camino adecuado para la evangelización del mundo actual más que para la “autopreservación”. (…) Que la pastoral ordinaria en todas sus instancias sea más expansiva y abierta, que coloque los agentes pastorales en constante actitud de salida y favorezca así la respuesta positiva de todos aquellos que Jesús convoca a su amistad» (EG 27).

Tercero, ¡Salgamos! Un imperativo que es el título del Plan Pastoral de la Archidiócesis de Barcelona, ​​inspirado en estas palabras del papa Francisco: «Salgamos, salgamos a ofrecer a todos la vida de Jesucristo (…): prefiero una Iglesia accidentada, herida y manchada porque sale a la calle, antes de que una Iglesia enferma por el cierre y la comodidad de aferrarse a las propias seguridades» (EG 49).

SIGLAS Y NOMBRES

CEC: Catecismo de la Iglesia Católica.

CIC: Corpus Iuris Canonini: Código de derecho canónico de la Iglesia Católica latina.

CCEO: Corpus canonum Eclesiarum Orientalium (Normas canónicas de las Iglesias Orientales).

EG: Evangelii Gaudium (Exhortación apostólica «La joya del Evangelio», documento programático del papa Francisco).

LG: Lumen Gentium (Constitución dogmática sobre la Iglesia, del Concilio Vaticano II).

MV: Misericordiae Vulture (Bula «El rostro de la misericordia», del papa Francisco, de convocación del Jubileo de la Misericordia, 04/11/2015).

¡Salgamos!: Título de las «Orientaciones y propuestas para una conversión pastoral en la archidiócesis de Barcelona», conocidas como «Plan Pastoral Diocesano», presentado y promulgado por el cardenal Juan José Omella, el día 1 de abril de 2018, Pascua de Resurrección. Editado por el Arzobispado de Barcelona.

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