La Iglesia dará su apoyo a las acciones de mejora en la protección de los menores planteadas por el Síndic dentro de sus competencias estatutarias

07 mayo, 2019 - 
Església de Barcelona

La Iglesia -obispados y instituciones religiosas-, da su apoyo a las mejoras de la protección de los menores en Catalunya planteadas por el Síndic de Greuges que estén dentro del marco de competencias que le otorga el Estatuto de Autonomía. Y lo hace con responsabilidad, en la línea ya establecida de trabajo marcada per la Santa Sede en los últimos años.

El Cardenal Juan José Omella, arzobispo de Barcelona, ​​en diferentes reuniones con el Síndic, Rafael Ribó, le ha expresado siempre la voluntad de colaborar para establecer todas aquellas medidas que ayuden a erradicar esta lacra que afecta a toda la sociedad, así como también la disposición a colaborar con todas aquellas iniciativas que afronten los abusos de una forma global.

La protección de los derechos de los niños es fundamental, y tiene y tendrá la colaboración con las autoridades competentes y dentro de la legalidad vigente. La investigación de delitos es una función que corresponde al Poder Judicial y, concretamente, a los tribunales de jurisdicción penal, los que determinan los hechos y las responsabilidades que se desprenden de los mismos.

Colaboración vigente

En los casos donde se ha de establecer comunicación con las autoridades judiciales competentes, que garantizan la aplicación del estado de derecho, existen protocolos muy estrictos (establecidos por la Santa Sede) que ya hace años que funcionan. Estas directrices obligan a poner en conocimiento de las autoridades judiciales cualquier denuncia que llegue a un tribunal eclesiástico que comporte un delito.

La Sindicatura de Greuges realiza una labor encomiable de vigilancia de la actuación de la administración pública en Cataluña, que está obligada a responder. El ámbito de la educación es uno de ellos, y todos los actores que lo integran están bajo la vigilancia del Síndic, ante el que debe responder la consejería de Enseñanza. El culto religioso es un ámbito ausente de las competencias de supervisión de la Sindicatura, delimitadas por el artículo 78.1 del Estatuto de Autonomía.