El Papa aprueba una reforma histórica del código penal de la Santa Sede

Tolerancia cero con la pederastia y caridad hacia el condenado, ejes de la Carta Apostólica en forma de ‘Motu Proprio’ publicada por Francisco Ochenta y cuatro años de vigencia del código penal vatcano, hasta hoy. En un inequívoco gesto en favor de la trasparencia, la justicia y la caridad, el papa Francisco ha publicado una Carta Apostólica [...]

Tolerancia cero con la pederastia y caridad hacia el condenado, ejes de la Carta Apostólica en forma de ‘Motu Proprio’ publicada por Francisco




Ochenta y cuatro años de vigencia del código penal vatcano, hasta hoy. En un inequívoco gesto en favor de la trasparencia, la justicia y la caridad, el papa Francisco ha publicado una Carta Apostólica en forma de ‘Motu Proprio’ por la que elimina la cadena perpetua en el Vaticano y tipifica como delito penal el abuso de menores, entre otros cambios.

La conferencia de presentación de las nuevas leyes en materia penal -enmiendas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal- y de sanciones administrativas para el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Santa Sede, se llevó a cabo en la Oficina de Prensa de la Santa Sede. Contó con la intervención del profesor Giuseppe Dalla Torre, Presidente del Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano

La intención de la carta apostólica no deja lugar a dudas desde su primer párrafo: “En nuestro tiempo, el bien común está cada vez más amenazado por la delincuencia organizada y transnacional, el uso indebido de las condiciones económicas y del mercado, así como el terrorismo. Por tanto, es necesario que la comunidad internacional adopte instrumentos jurídicos adecuados que permitan prevenir y combatir la criminalidad, favoreciendo la cooperación judicial internacional en materia penal”.

Destaca en el documento la introducción del delito de tortura y la amplia definición de la categoría de delitos contra los menores, entre los que hay que señalar la venta, la prostitución, el reclutamiento y la violencia sexual contra ellos; la pornografía infantil, la posesión de material pornográfico infantil; los actos sexuales con menores de edad.

Además, tras el desagradable suceso conocido como ‘vatileaks’, en el que el papa emérito Benedicto XVI fue víctima de un robo de documentos privados, el papa Francisco ha modificado el artículo 116 del Código Penal, relativo a ‘Delitos contra la patria’, para reformular y configurar los delitos de sustracción, robo de documentos reservados y divulgación de noticias, para los que fija una pena de seis meses a dos años, en casos leves, y de cuatro a ocho en casos más graves.

También se han introducido figuras delictivas concernientes a los delitos contra la humanidad, a los que se dedica un capítulo aparte: se prevé, entre otras cosas, el castigo específico de delitos como el genocidio y el apartheid, en el sentido de lo dispuesto en el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998.

En cuanto a las disposiciones de procedimiento penal, se han introducido los principios generales de un juicio justo en un plazo razonable y la presunción de inocencia del imputado. Desde el punto de vista de las sanciones, además, se ha decidido abolir la pena de cadena perpetua, reemplazándola con la pena de reclusión de 30 a 35 años.

El ‘Motu Proprio’ tiene como objetivo extender la aplicación de las leyes penales aprobadas por la Pontificia Comisión para la Ciudad del Vaticano también al ámbito de la Santa Sede. Las leyes penales adoptadas hoy prosiguen la adecuación del ordenamiento jurídico vaticano en continuidad con las acciones emprendidas a partir de 2010 durante el pontificado del Papa Benedicto XVI. La reforma entrará en vigor el próximo 1 de septiembre.

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