Decreto sobre la fiesta de Santiago
DECRET0 20/13.- Barcelona, 26 de junio de 2013 El calendario laboral de la Generalitat de Catalunya de este año dispone que el dia 25 de julio, fiesta del Santiago, es día laborable. Atendiendo a la importancia de esta fiesta dentro del calendario de la Iglesia y previendo las dificultades que, por motivos laborales, puedan tener [...]

DECRET0 20/13.- Barcelona, 26 de junio de 2013
El calendario laboral de la Generalitat de Catalunya de este año dispone que el dia 25 de julio, fiesta del Santiago, es día laborable.
Atendiendo a la importancia de esta fiesta dentro del calendario de la Iglesia y previendo las dificultades que, por motivos laborales, puedan tener los fieles para celebrarla:
POR EL PRESENTE decreto disponemos lo que sigue:
1. En las poblaciones donde se haya elegido esta fecha como fiesta local, se mantiene la fiesta de san Jaime como día de precepto;
2. En las poblaciones donde no sea día festivo, queda dispensada la obligación de participar en la celebración eucarística, así como también quedan dispensadas las otras obligaciones derivadas de la fiesta declaradas de precepto.
Lo decreta y firma el Emm. y Rvdm. Sr. Cardenal Arzobispo de Barcelona.
† Lluís Martínez Sistach
Cardenal Arzobispo de Barcelona
Por mandato del Sr. Cardenal Arozbispo
Sergi Gordo Rodríguez, prb.
Secretario general y Canciller
Imagen: Talla gótica de San Jaime de Francesc Comes, hijo. S XIV