Cardenal Sistach: «La recepción eclesial de la Sacrosanctum Concilium fue entusiasta»
Palabras conclusivas del Sr. Cardenal Arzobispo de Barcelona, Gran Canciller de la Facultad de Teología de Cataluña y Presidente de la Comisión de Liturgia de la CEE, Dr. Lluís Martínez Sistach, en la conmemoración del 50 aniversario de la Constitución conciliar «Sacrosanctum Concilium». Barcelona, ​​8 de enero de 2014. Las cuatro instituciones convocantes hemos querido [...]

Palabras conclusivas del Sr. Cardenal Arzobispo de Barcelona, Gran Canciller de la Facultad de Teología de Cataluña y Presidente de la Comisión de Liturgia de la CEE, Dr. Lluís Martínez Sistach, en la conmemoración del 50 aniversario de la Constitución conciliar «Sacrosanctum Concilium». Barcelona, ​​8 de enero de 2014.
Las cuatro instituciones convocantes hemos querido celebrar un jubileo muy importante, con motivo del 50 aniversario de la aprobación de la Constitución «Sacrosanctum Concilium», por el Concilio Vaticano II. Hemos escuchado con gusto la conferencia del Sr. Obispo Pere Tena, acreditado por su competencia teológica y litúrgica y que ha contribuido mucho en la aplicación de la Constitución conciliar en casa y en todas partes.
Todos los documentos conciliares son importantes para la vida de la Iglesia, pero el Vaticano II estableció una jerarquía entre sus documentos. La categoría más importante la tienen las cuatro constituciones, entre ellas la de Liturgia. Sin embargo la importancia viene dada, también, por el contenido del documento que es una actividad esencial de la Iglesia de Jesucristo.
El beato Juan Pablo II reiteró que el Concilio Vaticano II ha sido el acontecimiento más importante de la Iglesia en el siglo XX. Lo afirmó en su Carta Apostólica Tertio millenio adveniente y lo reiteró en la Carta Apostólica Novo millenio ineunte. El Concilio como tal ha marcado la Iglesia y nuestra Constitución Sacrosanctum Concilium lo ha hecho de una manera particular. Es suficiente pensar en la reforma litúrgica que ha propuesto a la Iglesia y la importancia de la celebración de la fe en el seno de la Iglesia.
Una de las primeras decisiones de los Padres conciliares fue la de iniciar la discusión en el aula conciliar con el texto de la Constitución de la Liturgia. Se dedicaron quince Congregaciones generales, del 22 de octubre al 15 de noviembre de 1962. Se hicieron 328 intervenciones orales y 334 escritas. Terminadas las intervenciones se hizo una primera votación de prueba sobre el esquema en su conjunto. Fue el 14 de noviembre de 1962, con un resultado muy favorable de 2162 votos a favor y sólo 46 en contra. La Comisión conciliar estudió las intervenciones o enmiendas propuestas y los trabajos continuaron en la segunda sesión del Concilio de 1963. La Constitución Sacrosanctum Concilium fue solemnemente aprobada el día 4 de diciembre de 1963. Fue el primer documento conciliar aprobado y es significativa la interpretación de Pablo VI sobre el significado de la aprobación de la Sacrosanctum Concilium como primer documento conciliar, diciendo que era un testigo del primado de la alabanza de Dios en la acción de la Iglesia.
Como ha escrito el Dr. Pere Tena, la recepción eclesial de la Constitución conciliar fue, en términos generales, entusiasta. Se puede decir que todas las expectativas creadas por el Concilio Vaticano II desde su anuncio por el beato Juan XXIII, en 1959, se orientaron sobre el primer fruto del trabajo del Concilio. Y hay que añadir que la reforma litúrgica era muy deseada en el ámbito pastoral de la Iglesia.
La recepción de la Constitución fue muy buena y el trabajo de aplicación fue intenso y los frutos muy sabrosos. Fue el Sínodo extraordinario de los Obispos de 1985, a los veinte años de la celebración del Concilio, que en su documento final afirma que «la reforma litúrgica es el fruto más visible del Vaticano II». Todos recordamos el «Consilium ad ex sequendam Constitution de Sacra Liturgia», constituido por Pablo VI, presidido por el Cardenal Lercaro y con la actuación del P. Annibale Bugnini. Recuerdo con reconocimiento y agradecimiento el trabajo intenso que realizó el Dr. Manel Bonet, Auditor del Tribunal de la Rota Romana, y como a menudo me pedía que fuera a llevar un sobre voluminoso al P. Bugnini.
Considero que fue providencial que la Constitución Sacrosanctum Concilium haya sido el primer documento estudiado y aprobado por el Concilio, porque sus contenidos han ayudado a configurar contenidos especialmente de la Constitución dogmática Lumen gentium y otros documentos conciliares como ha puesto de relieve el Dr. Tena en su conferencia. Pienso en los números 2 y 41 del documento sobre Liturgia, afirmando que la principal manifestación de la Iglesia se da en la celebración de la Eucaristía. Me complace transcribir el segundo texto conciliar: «La principal manifestación de la Iglesia se encuentra en la participación plena y activa de todo el pueblo santo de Dios en las mismas celebraciones litúrgicas, sobre todo en la misma Eucaristía, en una única oración, en torno un mismo altar presidido por el obispo rodeado de su presbiterio y de los ministros». La participación de todo el pueblo de Dios en la celebración del misterio pascual incidió en la participación de todos los miembros del pueblo de Dios en la única misión de la Iglesia y en orden de los capítulos en la actual Constitución dogmática sobre la Iglesia.
En la Constitución Sacrosanctum Concilium aparece el progreso teológico del sentido de la Liturgia. Fue posible porque desde hacía más de cincuenta años existía en la Iglesia el movimiento litúrgico y este puso a plena luz otra vez en la Iglesia el sentido básico de la Liturgia. Nuestra Constitución lo sintetizó diciendo: «la Liturgia culminación y fuente de la vida cristiana» (N. 10). El Dr. Tena nos ha dicho que si Guardini decía que sentía «nacer la Iglesia en las almas», más que paralelamente, simultáneamente, se puede decir que el siglo XX ha sentido nacer la oración de esta Iglesia en el corazón y en los labios de los cristianos (cf. La Constitución «Sacrosanctum Concilium», en Concilio Vaticano II, Constituciones, Decretos y Declaraciones, Barcelona 2003, 33).
La reforma litúrgica postconciliar ha tenido su itinerario y todavía lo tiene, con muchas luces, pero también con sombras. Quizás nos ha faltado más pedagogía para explicar al pueblo fiel los motivos y los contenidos de las innovaciones. En este sentido me complace hacer dos agradecimientos en este trabajo. El primero en Montserrat, de Roma, con el Dr. Bonet como protagonista trabajó mucho en la Comisión Conciliar y en la aplicación de la Constitución. Él celebraba la misa con las religiosas en dicha residencia. Les explicaba detalladamente las primeras innovaciones de la aplicación del documento conciliar. La segunda, institucional, mi agradecimiento va dirigido al Dr. Pere Tena, fundador y alma del Centro de Pastoral Litúrgica de Barcelona y del Instituto Superior de Liturgia de Barcelona, especialmente en los momentos que había que explicar las innovaciones litúrgicas y los nuevos libros litúrgicos. Gracias a estas instituciones se ha realizado más fácilmente y mejor la aplicación de la Constitución Sacrosanctum Concilium. Con estas dos instituciones, deseo añadir el trabajo de la Facultad de Teología de Cataluña y de la Comisión Interdiocesana de Liturgia de la CEE. Pienso en muchas personas, sacerdotes diocesanos y religiosos de nuestra casa que ya nos han dejado y que trabajaron muchísimo en la reforma litúrgica. Nuestro país ha sido privilegiado con un buen grupo de buenos liturgistas. No podemos olvidar que ya en 1915 se celebró en Montserrat el primer Congreso de Liturgia. Y el agradecimiento hay que hacerlo extensivo a los sacerdotes y fieles de las parroquias y comunidades que han acogido fielmente la reforma litúrgica.